Por el cual se restablece el cargo de Inspector del Gobierno en la explotación de las minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez
en ejercicio de sus atribuciones legales,
DECRETA
Artículo primero. Restablécese el cargo de Inspector del Gobierno en la explotación de las minas nacionales de esmeraldas de Muzo y Coscuez, con una asignación mensual de ochocientos pesos (8 800).
Parágrafo. Dicho sueldo será pagado por el Banco de la República en la forma prevista en la cláusula novena del contrato celebrado el 24 de julio de 1946 entre él y el Gobierno, Nacional, sobre administración delegada para la explotación de las mencionadas minas.
Artículo segundo. Nómbrase al doctor Octavio Hoselli para desempeñar el cargo de inspector a que se refiere el presente Decreto.
Artículo tercero. Queda en estos términos modificado el artículo segundo del Decreto número 1155 de 26 de abril del año en curso
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de mayo de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
EL Ministro de Minas y Petróleos,
Samuel ARANGO REYES
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