Por el cual se crean unas oficinas en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Créanse las Oficinas Postales y Telegráficas de La Peña (Cundinamarca) y Pachavita (Boyacá), cada una con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
| Un Telegrafista Administrador de Correos, con | $ | 22 |
|---|---|---|
| Un Cartero | 3 | |
| Para gastos de alumbrado | 1 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 2 de Julio de 1919.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Marcelino ARANGO.
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