por el cual se delegan unas funciones constitucionales

Rango Decreto
Publicación 2019-06-19
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 5º del Acto Legislativo numero 1 de 1977, y

CONSIDERANDO:

Que con motivo del trágico fallecimiento del señor Presidente de la República del Ecuador, doctor Jaime Roldós Aguilera, el Presidente de la República de Colombia asistirá a las exequias de dicho mandatario, las cuales se realizaran en Guayaquil, Ecuador, el martes 26 de los corrientes;

Que el Jefe del Estado Colombiano ha dado aviso constitucional a la honorable Corte Suprema de Justicia,

DECRETA:

Artículo 1º Mientras dure la ausencia del Presidente de la República por razón de su viaje a Guayaquil, Ecuador, delegase en el Ministro de Gobierno, doctor Germán Zea, las funciones presidenciales correspondientes a los asuntos de que tratan los ordinales 3º, 6º y 7º de la Constitución Política.
Articulo 2º Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 25 de mayo de 1981.

JULIO CESAR TURAY AYALA.

El Secretario General Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Manuel S. Urueta Ayala.

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