Por el cual se aprueba el Decreto número 00388 de mayo 5 de 1982, originario de la Gobernación del Departamento del Caquetá
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el artículo 87 de la Ley 28 de 1979,
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase el Decreto número 00388 de mayo 5 de 1982, originario de la Gobernación del Departamento del Caquetá, cuyo texto es:
«DECRETO NUMERO 00388 DE 1982
(mayo 5)
por medio del cual se difieren los Comisiones Electorales en algunas Inspecciones de Policía del Departamento del Caquetá.
El Gobernador del Caquetá, en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
- 1° Que el artículo 87 de la Ley 28 de 1979 prevé las causales por las cuales se pueden diferir las elecciones;
- 2° Que en las Inspecciones de Policía de la ciudad de Yari y San Luis del Oso de la jurisdicción del Municipio de San Vicente del Caguán; Los Angeles de la jurisdicción del Municipio de Belén le los Andaquies; Cuemaní y Curiplaya, del Departamento del Caquetá, se tipifican las circunstancias previstas en el artículo 87 de la Ley 28 de 1979,
DECRETA:
Artículo primero. Difiéranse los Comicios Electorales en las Inspecciones de Policía de ciudad Yarí y San Luis del Oso de la jurisdicción del Municipio de San Vicente del Caguán; Los Angeles de la jurisdicción del Municipio de Belén de los Andaquies; Cuemaní y Curiplaya; del Departamento del Caquetá.
Artículo segundo. Infórmese lo petinente a los Delegados de la Registraduría Nacional del Estado Civil y a las autoridades correspondientes.
Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su aprobación par el Gobierno Nacional.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Florencia, Departamento del Caquetá, a los cinco (5) días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y dos (1982).
(Fdo.), Julio Cabrera Perdomo,
Gobernador del Caquetá.
(Fdo.), Nelson Oviedo Paza,
Secretario de Gobierno».
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 13 de mayo de 1982.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Gobierno,
Jorge Mario Eastman.
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