por el cual se efectúan unos traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1982 (Ministerios de Gobierno, Hacienda y Crédito Público, Trabajo y Seguridad Social y Salud, por $ 13.029.854.00

Rango Decreto
Publicación 1982-06-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que en el presupuesto de funcionamiento de los Ministerios de Gobierno, Hacienda y Crédito Público, Trabajo y Seguridad Social y Salud, por medio de Resoluciones números 0732 de abril 7 de 1982. 00857 de marzo 17 de 1982, 0649 de marzo 5 de 1982 y 03161 de marzo 31 de 1982, respectivamente, declararon sobrante la suma de trece millones veintinueve mil ochocientos cincuenta y cuatro pesos moneda corriente ($ 13.029.854.00), con el objeto de que sea trasladada para incrementar algunos rubros de sus mismos presupuestos que resultaron insuficientes;

Que de conformidad en lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley 294 de 1973 orgánico de Presupuesto y el artículo 14 de la Resolución orgánica número 07495 de 1979, proveniente de la Contraloría General de la República, los Auditores Generales ante los Ministerios de Gobierno, Hacienda y Crédito Público, Trabajo y Seguridad Social y Salud, expidieron los certificados de disponibilidad números 001 de abril 29 de 1982 por valor de $ 6.0000.000.00; 005 de abril 26 de 1982 por valor de $ 450.000.00; 01 de abril 14 de 1982, por valor de $ 6.447.054.00, y 01 de abril 21 de 1982 por valor de $ 132.800.00, los cuales fueron refrendados por el Contralor General de la República, según lo expresado en el artículo 19 de la Resolución orgánica número 08299 de julio 2 de 1980, emanada de la Contraloría General de la República, para amparar los traslados presupuestales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales necesarios;

DECRETA:

Artículo 1º. Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1982:

Contracréditos.

Presupuesto de Funcionamiento.

Ministerio de Gobierno.

CAPITULO 1

Dirección Superior.

Transferencias.

430 81 21 Artículo 1032. Calamidades Públicas. $ 6.000.000
Suma el contracrédito Ministerio de Gobierno $ 6.000.000

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

CAPITULO 8

Centro de Información y Sistemas.

Gastos Generales.

112 40 12 Artículo 1422. Comunicaciones y transportes $ 450.000
Suma el contracrédito Ministerio de Hacienda y Crédito Público $ 450.000

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

CAPITULO 1

Dirección Superior.

Gastos Generales.

117 36 12 Articulo 2066. Materiales y. $ 500.000
117 37 12 Articulo 2067. Impresos y publicaciones 300.000
117 42 12 Artículo 2072. Viáticos y Gastos de Viaje 1.000.000
Transferencias.
117 81 22 Artículo 2092. Programa del Niño Trabajador 1.000.000

CAPITULO 2

Dirección General del Trabajo.

Gastos Generales.

117 36 12 Artículo 2066. Materiales y Suministros 500.000
117 37 12 Artículo 2067. Impresos y Publicaciones 300.000
117 40 12 Artículo 2070. Comunicaciones y transportes 600.000
117 42 12 Artículo 2072. Viáticos y Gastos de Viaje 500.000

CAPITULO 4

Dirección General Servicio Nacional de Empleo.

Gastos Generales.

117 36 12 Artículo 2066. Materiales y Suministros 250.000
117 42 12 Artículo 2072. Viáticos y Gastos de Viaje 247.054
Transferencias.
117 79 21 Articulo 2091. Convenio Ministerio de Trabajo SENA - SENALDE 1.000.000

CAPITULO 5

Dirección General Administrativa.

Gastos Generales.

117 42 12 Artículo 2072. Viáticos y Gastos de Viaje 250.000
Suman los contracréditos Ministerio de Trabajo y Seguridad Social $ 6.447.054

Ministerio de Salud.

CAPITULO 1

Dirección Superior.

Gastos Generales.

331 37 12 Artículo 2165. Impresos y Publicaciones. $ 132.800
Suma el contracrédito Ministerio de Salud. $ 132.800
Suman los contracréditos. $ 13.029.854

Créditos.

Presupuesto de Funcionamiento.

Ministerio de Gobierno.

CAPITULO1

Dirección Superior.

Gastos Generales.

121 37 12 Artículo 1017. Impresos y Publicaciones. $ 6.000.000
Suma el crédito Ministerio de Gobierno $ 6.000.000

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

CAPITULO8

Centro de Información y Sistemas.

Servicios Personales.

112 18 11 Artículo 1415. Remuneración servicios técnicos. $ 450.000
Suma el crédito Ministerio de Hacienda y Crédito Público $ 450.000

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

CAPITULO1

Dirección Superior.

Transferencias.

113 79 23 Artículo 2086. Centro Interamericano de Administración del Trabajo, CIAT, $ 200.038
113 79 23 Artículo 2039. Organización Iberoamericana de Seguridad. Social 247.016

CAPITULO 5

Dirección General Administrativa.

Gastos Generales.

117 35 12 Artículo 2065. Compra de equipo 6.000.000
Suman los créditos Ministerio de Trabajo y Seguridad Social $ 6.447.054

Ministerio de Salud.

CAPITULO 2

Direcciones Técnicas.

Servicios Personales.

331 4 11 Artículo 2153. Prima técnica $ 132.800
Suma el crédito Ministerio de Salud $ 132.800
Suman los créditos. $ 13.029.854
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha le su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 13 de mayo de 1982.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,

Javier Fernández Riva.

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