Por el cual se deroga el artículo 3° del Decreto número 815 de 1919

Rango Decreto
Publicación 1921-12-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
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El primer Designado, encargado del Poder Ejecutivo,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Derógase en todas sus partes el artículo 3° del Decreto número 815 de 1919, de 15 de abril.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá a 6 de diciembre de 1921.

JORGE HOLGUIN-El Ministro de Hacienda. MIGUEL ARROYO DIEZ.

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