Por el cual se suprime una oficina, se crea una plaza, se fijan unas asignaciones y se hace un nombramiento en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° Suprímese la. Oficina Telegráfica de San Cayetano (Departamento del Norte de Santander).
Artículo 2° Fíjase en treinta pesos ($ 30) la asignación mensual de cada uno de los Carteros de lis Oficinas Telegráficas de Barrancabermeja y Las Infantas.
Artículo 3° Créase la plaza de Oficial de Recibo de la Oficina Telegráfica de Barrancabermeja, con la asignación mensual de sesenta y cinco pesos ($ 65), y nómbrase para desempeñarla a1, señor Leónidas Ovalle.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 20 de septiembre de 1922.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Gobierno, Miguel .JIMENEZ LOPEZ.
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