por el cual se crea la Comisión de Racionalización del Gasto y de las Finanzas Públicas como organismo consultivo y se le asignan algunas funciones

Rango Decreto
Publicación 1995-08-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las facultades constitucionales que le confieren los numerales 11, 17 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y de las legales, en especial la prevista en el artículo 1º del Decreto 1050 de 1968,

DECRETA:

Artículo 1º. Créase la Comisión de Racionalización del Gasto y de las Finanzas Públicas, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, como organismo consultivo del Gobierno, cuyo objetivo es hacer estudios sobre el actual estado de las finanzas públicas y recomendar algunos correctivos para el adecuado manejo fiscal.
Artículo 2º. En desarrollo de su objetivo, son funciones de la Comisión, creada por este decreto, las siguientes:
Artículo 3º. La Comisión de Racionalización del Gasto y de las Finanzas Públicas estará compuesta por los siguientes miembros:

Luis Fernando Alarcón Mantilla, Rodrigo Llorente Martínez, Mauricio Cabrera Galvis, Gilberto Arango Londoño, Antonio José Urdinola Uribe, César Vallejo Mejía y Eduardo Lora Torres.

Adicionalmente, y con carácter de enlace, por parte del Gobierno Nacional actuarán como miembros de la Comisión el Viceministro de Hacienda y Crédito Público y el Subdirector del Departamento Nacional de Planeación.

La Secretaría Técnica de la Comisión la hará el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a través del funcionario o funcionarios que el Ministro designe para el efecto.

Artículo 4º. La Comisión tendrá un término de un año a partir de la vigencia del presente decreto para el cumplimiento de sus funciones y la presentación de las recomendaciones respectivas.

El apoyo administrativo y técnico lo hará el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 5º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 14 de agosto de 1995.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Guillermo Perry Rubio.

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