por el cual se aprueba el Acuerdo número 014 de julio 8 de 1987, que adiciona la planta de personal de la Defensa Civil Colombiana
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial por las conferidas en el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978.
DECRETA:
Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 014 de julio 8 de 1987, emanado de la Junta Directiva de la Defensa Civil Colombiana, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NUMERO 014 DE 1987
(julio 8)
por el cual se adiciona la Planta de Personal de la Defensa Civil Colombiana.
La Junta Directiva de la Defensa Civil Colombiana, en uso de sus facultades legales y estatutarias,
ACUERDA:
Artículo 1° Créanse en la Planta de Personal de la Defensa Civil Colombiana los siguientes cargos:
| N° de cargos | Dependencia y denominación empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| Dirección General Sub-Dirección Delegaciones Regionales | Dirección General Sub-Dirección Delegaciones Regionales | Dirección General Sub-Dirección Delegaciones Regionales | Dirección General Sub-Dirección Delegaciones Regionales |
| 1 | Coordinador | 5005 | 21 |
| 1 | Supervisor | 5105 | 12 |
| 1 | Secretario | 5140 | 06 |
Artículo 2° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo número 009 del 13 de mayo de 1987 y para su validez requiere la aprobación del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 08 julio 1987.
El Ministro de Defensa,
(Fdo.) General Rafael Samudio Molina.
El Secretario General Defensa Civil Colombiana,
(Fdo.) Mayor (R.) Jorge Durán Giraldo”.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 20 de enero de 1988.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcón Mantilla.
El Ministro de Defensa Nacional,
General Rafael Samudio Molina.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Joaquín Barreto Ruiz.
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