por el cual se dictan disposiciones en materia salarial

Rango Decreto
Publicación 2011-01-21
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 1950 de 1973,

DECRETA:

Artículo 1°. Los servidores del Ministerio de Defensa Nacional que se encuentren desempeñando sus funciones en comisión de servicios e interinstitucionales en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, y que requieran desplazamiento al interior y exterior del país, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República les concederá la comisión respectiva y cubrirá los costos de gastos de viaje y viáticos que esta demande, con cargo a su presupuesto.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 21 de enero de 2011.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

William Bruce Mac Master Rojas.

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Juan Carlos Pinzón Bueno.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

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