Por el cual se hace un traslado en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores

Rango Decreto
Publicación 1934-07-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Hágase en el Presupuesto de la actual vigencia, el siguiente traslado:

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Del capítulo 20, artículo 52, Cuota anual de Colombia en el sostenimiento de la Secretaría de la Liga de las Naciones (Pacto de la Liga de las Naciones) $ 15,000

Para trasladarlos al capítulo 19, articulo 47. Viáticos diplomáticos.15,000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 3 de julio de 1934.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Secretario del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho,

Alfredo MICHELSEN

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