por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969 (Departamento Administrativo Nacional de Estadística), por $ 798.000.00

Rango Decreto
Publicación 1969-09-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del numeral 3 del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abril créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969, con el objeto de garantizar la buena marcha de la administración pública, el cumplimiento del programa de inversiones, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la reforma administrativa;

Que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística por medio de la Resolución número 1295 de 1969, ha declarado sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su Presupuesto de gastos para la vigencia fiscal en curso, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones de su mismo Presupuesto que resultaron insuficientes, por un valor total de $ 798.000.00;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-Ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República ha expedido el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 34 de 1969, por un valor igual al que se trata de transferir, y

Que se han cumplido ¡os requisitos légalos para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1969;

Presupuesto de Funcionamiento

Contracréditos:

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA

CAPITULO 021

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADÍSTICA

Programa 041

Administración Superior

Servicios personales

101, 111, 103. Artículo 0201, Sueldos del personal de nómina 52.000

Programa 042

Información Técnica

Servicios personales

101, 115, 103. Artículo 0206. Sueldos del personal de nómina 638.000

Programa 044

ANALISIS SOCIO-ECONOMICOS

Servidos personales

101, 115, 103. Artículo 0216. Sueldos del personal de nómina 93.000

Programa 047

PROCESAMIENTO DE DATOS

Servicios personales

101, 115, 103. Artículo 0229. Sueldos del personal de nómina 15.000 15.000
Suman los contracréditos $ 798.000

Créditos:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA

CAPITÍULO 021

Departamento Administrativo Nacional de Estadística

Programa 041 Administración Superior

Gastos Generales

106, 111, 207 Servicios de comunicaciones Artículo 0203 $ 100.000
106, 111, 209 Artículo 0203-F. Servicios públicos 100.000 100.000
106, 111, 215 Artículo 0205. Arrendamientos 50.000 50.000

Programa 047

Procesamiento de Datos

Gastos generales

106, 115, 215 Artículo 0233. Arrendamientos (equipo de tabulación) 548.000
Suman los créditos $ 798.000
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá., D. E., a 23 de agosto de 1969.

CARLOS LLERAS RESTREPO.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.

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