Por el cual se crean unas Oficinas Postales y Telegráficas y se cambian el nombre de una Oficina en el Departamento del Huila

Rango Decreto
Publicación 1938-08-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Créanse las siguientes Oficinas Postales y Telegráficas:
BOLIVAR BOLIVAR BOLIVAR
3088-Coveñas:
Un Telegrafista Administrador de Correos, con $ 40.00
BOYACA BOYACA BOYACA
4135-Pauna:
Un Telegrafista Administrador de Correos. con $ 40.00
NORTE DE SANTANDER NORTE DE SANTANDER NORTE DE SANTANDER
11046-Bucaramanga:
Un Telegrafista Administrador de Correos, con $ 40.00
Artículo 2° De acuerdo con lo dispuesto por la honorable Asamblea Departamental del Huila, a partir del de julio de 1938, la Oficina Postal y Telegráfica de Toa, se denominará Tarqui.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 28 de julio de 1938.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Correos y Telégrafos,

Alberto PUMAREJO

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