Por el cual se crean unas Oficinas Postales y Telegráficas y se cambian el nombre de una Oficina en el Departamento del Huila
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Créanse las siguientes Oficinas Postales y Telegráficas:
| BOLIVAR | BOLIVAR | BOLIVAR |
|---|---|---|
| 3088-Coveñas: | ||
| Un Telegrafista Administrador de Correos, con | $ | 40.00 |
| BOYACA | BOYACA | BOYACA |
| 4135-Pauna: | ||
| Un Telegrafista Administrador de Correos. con | $ | 40.00 |
| NORTE DE SANTANDER | NORTE DE SANTANDER | NORTE DE SANTANDER |
| 11046-Bucaramanga: | ||
| Un Telegrafista Administrador de Correos, con | $ | 40.00 |
Artículo 2° De acuerdo con lo dispuesto por la honorable Asamblea Departamental del Huila, a partir del de julio de 1938, la Oficina Postal y Telegráfica de Toa, se denominará Tarqui.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 28 de julio de 1938.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Correos y Telégrafos,
Alberto PUMAREJO
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