Por el cual se aprueba el presupuesto del Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1°. De conformidad con los artículos 1° y 2° del Decreto extraordinario número 65 de 1953, apruébase el presupuesto de gastos y el plan de obras e inversiones presentados por el Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico para el presente año por un total de $ 15. 515.992.68, de acuerdo con la Resolución número 1 de la Junta Directiva en la siguiente forma:
| Capítulo I. Estudios Generales | $ | 487.500.00 |
|---|---|---|
| Capítulo II. Canalización del río Medellín | 500.000.00 | |
| Capitulo III. Administración y conservación de obras de irrigación y desecación | 342.000.00 | |
| Capitulo IV. Administración de plantas eléctricas | 75.000.00 | |
| Capítulo V. Compromisos contractuales | 4.140.780.00 | |
| Capítulo VI. Plan de Centrales Termoeléctricas | 7.140.000.00 | |
| Capítulo VII. Plan de Céntrales Hidroeléctricas | 1.500.000.00 | |
| Capítulo VIII. Gastos generales, reservas e imprevistos | 1.030.712.68 |
Artículo 2°. El Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico publicará en el Diario Oficial el presupuesto de gastos y el plan de obras aprobados por medio del presente Decreto, que rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de mayo de 1953.
ROBERTO UUDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Fomento,
Carlos Villaveces.
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