Por el cual se aprueba la Resolución número 2 de la Oficina de Registro de Cambios del Banco de la República

Rango Decreto
Publicación 1951-07-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere en artículo 4° del Decreto número 637 de 1951,

DECRETA:

Artículo único. Apruébase la siguiente Resolución de la Oficina de Registro de Cambios del Banco de la República:

"RESOLUCION NUMERO 2 DE 1951 (MAYO 22)

La Oficina de Registro de Cambios del Banco de la República.

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

Artículo 1°. Las solicitudes de licencias no reembolsables para importar a Colombia automóviles destinados al uso particular del solicitante, que hubieren sido presentadas ante la Oficina de. Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones o ante la Prefectura de Control de Cambios con anterioridad-al 20 de marzo del año en curso, y que se encontraren en esa fecha en tramitación en poder de tales Despachos, serán aprobadas por la Oficina de Registro de Cambios.
Artículo 2°. Para ser aprobadas las solicitudes de importación a que se refiere el artículo anterior, será requisito indispensable que reúnan todas las formalidades exigidas por la Resolución-número 66 o el Acuerdo número 25, ambos de 1950, según el caso, y, además, que los interesados las hubieren presentado a más tardar dentro de los 60 días siguientes, a la fecha. de su llegada al país
Artículo 3°. Los interesados, que cumplieren. con todos los requisitos establecidos en los artículos anteriores podrán ;hacer uso del derecho que concede esta Resolución dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de su vigencia.
Artículo 4°. Esta Resolución. regirá desde su aprobación por el Gobierno Nacional.

Dada en Bogotá a 22 de mayo de 1951,

Banco de la República, Oficina de Registro de Cambios.

Arturo Bonuel, Jefe Encargado.

El Secretario General de la Oficina, Agustín Linares Flórez

Comuniqúese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de junio de-1951,

LAUREANO GOMEZ

El Ministro, de Hacienda y- Crédito Público,

Antonio Alvarez Restrepo

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