Por el cual se crea el puesto de Médico de la Sección de Presidiarios que se ocupan en los trabajos de la carretera de Caracolí a Arrancaplumas, y se nombra la persona que haya de desempeñarlo

Rango Decreto
Publicación 1920-07-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República da Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1.º Créase el puesto de Médico de la Sección de Presidiarios que se ocupan en los trabajos de la carretera de Cacarolí a Arrancaplumas, con la asignación mensual de $ 60.
Artículo 2.º Para ejercer el cargo de que trata el artículo anterior, nómbrase al señor doctor Carlos Aguirre Plata.
Artículo 3.º El presente Decreto surtirá sus efectos desde el 1.° del presente mes, fecha desde la cual se vienen prestando los servicios médicos por el nombrado.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de julio de 1920.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.

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