Por el cual se deroga el Decreto número 6 de 1942

Rango Decreto
Publicación 1945-06-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Derógase el Decreto número 6 de 1942. En consecuencia quedan sin efecto las restricciones allí establecidas para las comunicaciones sobre movimientos de barcos mercantes.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 5 de junio de 1945.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Luis Guillermo ECHEVERRI

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