Por el cual se confiere una autorización
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que con motivo de los acontecimientos ocurridos en e] país el día 9 de los corrientes el fuego destruyó numerosos equipos y elementos de Oficinas Telegráficas y Administraciones de Correos;
Que es necesario proceder inmediatamente a la adquisición de elementos urgentes que en parte reemplacen los destruidos, a fin de normalizar los servicios de correos y telégrafos,
DECRETA:
Artículo único. Autorizase al Ministerio de Correos y Telégrafos para la adquisición directa de los materiales, útiles, enseres y equipos que sean necesarios a fin de normalizar el funcionamiento de las Oficinas Postales y Telegráficas de la República.
Comuníquese y ejecútese.
Dado en Bogotá a 28 de abril de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Gobierno, Darío ECHANDIA-El Ministro de Relaciones Exteriores, Eduardo ZULETA ANGEL-El Ministro de Justicia, SamuelARANGO REYES-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José Maria BERNAL-El Ministro de Guerra, Teniente General Germán OCAMPO-El Ministro de Agricultura y Ganadería, Pedro CASTRO MONSALVO-El Ministro del Trabajo, Evaristo SOURDIS-El Ministro de Higiene, Jorge BEJARANO-El Ministro de Comercio e Industrias, Guillermo SALAMANCA-El Ministro de Minas y Petróleos, Alonso ARAGON QUINTERO-El Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO Y LOZANO-El Ministro de Correos y Telégrafos, José Vicente DAVILA TELLO-El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE.
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