sobre traslados en el presupuesto de la Intendencia Nacional del Chocó, correspondiente a la vigencia fiscal en curso
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Apruébase el siguiente Acuerdo:
"ACUERDO NUMERO 3
"(agosto 23 de 1930)
"por el cual se trasladan algunas partidas del presupuesto de la presente vigencia.
"El Consejo Administrativo de la Intendencia Nacional del Chocó,
"en uso de sus facultades legales,
"ACUERDA:
"Artículo 1º Del presupuesto de apropiaciones de la vigencia en curso, trasládase la suma de $ 31.016-03, que se tomará de las siguientes partidas:
"CAPITULO XIII
"Departamento de Gobierno.
| "Artículo 35. Para obras de fomento y colonización de los Municipios de Nuquí y Jurado, incluyendo la compra de embarcaciones, muebles y edificios escolares | $ | 1,300 |
|---|---|---|
"CAPITULO XIX
| "Articulo 46. Departamento de Hacienda. Sueldo del primer Ayudante de la Interventoría Fiscal de Rentas, en cinco meses, de agosto a diciembre, a $ 141 mensuales | 705 |
|---|---|
"CAPITULO XXII
| "Artículo 59. Para atender la participación de los Municipios en las rentas de licores, degüello y tabaco, hasta | 1,311 03 |
|---|---|
"CAPITULO LXII
"Departamento de Educación Pública.
| "Artículo 111. Para pago de pensiones de estudiantes becados fuera de la Intendencia | 4,000 |
|---|---|
"CAPITULO LXIV
"Departamento de Obras Públicas.
| "Artículo 114. Para rectificación del trazado de la carretera interoceánica, construcción y conservación de la misma en las secciones de Quibdó e Istmina, Condoto y Nóvita | 2,000 |
|---|---|
| "Artículo 116. Para terminar el hospital de San Francisco, de Quibdo | $ |
| --- | --- |
| "Articulo 119. Para obras locales de Condoto, incluyendo la compra del instrumental de la Banda de músicos y sueldo del Director de la misma | |
| "Artículo 123. Para obras locales del Municipio de Tadó, inclusive el pago del instrumental de la Banda de músicos y sueldo del Director de la misma | |
| "Artículo 124. Para auxilio al Municipio de Acandí, destinado a obras locales | |
| "Artículo 126. Para auxilio al Municipio dé Quibdó, con destino a lo siguiente: reparaciones del edificio de la escuela modelo de Quibdó; reparaciones en el campo de deportes de Quibdó; delimitación del área del Municipio de Quibdó; deslinde de los terrenos de Nausigama con la Municipalidad, y auxilio a los edificios de las escuelas de Tutenendo y Yuto. | |
| "Articulo 128. Auxilio al Municipio de Sipí, destinado a obras locales | |
| "Articulo 129. Auxilio al Municipio del Carmen, destinado a obras locales y sobresueldo del Médico de Higiene | |
| "Artículo 132. Para obras locales de Cértegui y sostenimiento de la planta eléctrica | |
| "Artículo 133. Para auxiliar al Municipio de Nóvita, con destino a obras locales de Nóvita y Opogodó | |
| "Artículo 140. Para auxiliar a la iglesia de Ríosucio |
"CAPITULO LXV
"Departamento de gastos varios.
| "Articulo 148. Para pagar la hechura de planos para la adjudicación de baldíos a los indios cunas, levantados por el señor Ernesto White | 2,000 | |
|---|---|---|
| "Artículo 153. Para pagar el importe de la filmación de la película del Chocó, para su propaganda | 1,500 | |
| "Articulo 154. Para auxiliar a los damnificados (excepto los misioneros) del incendio del 31 de enero de este año | $ | 1,600 |
| "Suma | $ | 31,016 03 |
"Artículo 2º La suma de que trata el artículo anterior se invertirá así:
"CAPITULO XVI
"Departamento de Hacienda.
| "Artículo 39. Pava viáticos del Visitador Fiscal | $ | 20 |
|---|---|---|
"CAPITULO XIX
| "Artículo 53. Para atender a la compra de alcoholes y licores; para el establecimiento de destilación directa mediante instalación ídem.; compra de fincas y máquinas, envases, enseres, anís, esencias, etc., arreglo de depósitos, abrigos y armas para el Resguardo de rentas y demás gastos que éste exija | 7,965 |
|---|---|
"CAPITULO XX
| "Artículo 55. Para la administración, material y compra de combustibles, etc., de la planta eléctrica de Quibdó | 6,000 |
|---|---|
"CAPITULO XLI
"Departamento de Educación Pública.
| "Artículo 104. Sueldo del Inspector Escolar del San Juan, en cinco meses, de agosto a diciembre, a $ 140 mensuales | 700 |
|---|---|
| "Artículo 105. Para gastos de escritorio en igual tiempo, a $ 4 mensuales | 20 |
"CAPITULO XLIV
"Departamento de Obras Públicas.
| "Articulo 115. Para trazado y construcción de la carretera Quibdó-Bolívar (Antioquia); para atender al pago de los contratos autorizados por el Consejo de Hacienda en proposición número 29 de 1929, y celebrados por la Intendencia en dicho año, sobre explanaciones de la misma carretera, y para el pago de otras deudas adquiridas en el año anterior por cuenta de la misma | 15 |
|---|---|
"CAPITULO XLV
"Departamento de gastos varios.
| "Artículo 152. Para legalizar el exceso en el pago de acreencias contenidas en el artículo 141, capítulo LXIX, Departamento de Obras Públicas, presupuesto de 1929, exceso a que se refiere el aviso de observaciones número 1112 de 4 de julio de este año, numeral 10, procedente de la Contraloría General de la República | 1,311 03 | |
|---|---|---|
| "Suma | $ | 31,016 03 |
"Dado en Quibdó, en el salón de sesiones del Consejo Administrativo de la Intendencia, a 23 de agosto de 1930.
"El Presidente, Jorge Valencia Lozano
"El Secretario, Delfino Díaz M.
"Publíquese y ejecútese.
"El Intendente Nacional,
"Jorge Valencia Lozano
"El Secretario de Hacienda, Delfino Díaz."
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 30 de agosto de 1930.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Gobierno,
Carlos E. RESTREPO
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