Por el cual se reorganiza el Departamento Técnico de la Dirección General de Edificios Nacionales del Ministerio de Obras Públicas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° El personal del Departamento técnico de la Dirección General de Edificios Nacionales del Ministerio de Obras Públicas será el que, con sus asignaciones mensuales, se expresa en seguida: Arquitecto Asesor, $ 300; Arquitecto Ayudante $ 170, y dos Arquitectos Dibujantes, a $ 150 cada uno.
Artículo 2° Los señores Pablo de la Cruz, José M. Cifuentes y Rafael Ruiz continuará al frente de los cargos que han venido, desempeñando; y el señor Carlos Cristancho pasará del puesto de Dibujante Auxiliar, que queda suprimido, al de Arquitecto Dibujante.
Artículo 3° Las asignaciones del personal anterior continuarán pagándose en la forma que establece el Decreto número 70 de 1932, artículo 2°
Artículo 4° Este Decreto entrará a regir el día 1° de agosto del presente año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Fusagasugá a 11 de julio, de 1933.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Obras Públicas,
Alfonso ARAUJO
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