por el cual se modifica el artículo cuarto del Decreto 2375 del 7 de diciembre de 1970
El Presidente de la República, en uso de sus facultades legales y constitucionales y en especial de las que le confiere el Decreto-ley 1795 de 1950,
DECRETA:
Artículo 1° Modifícase el artículo cuarto del Decreto 2375 del 7 de diciembre de 1970, en el sentido de suprimir el visado consular, en los certificados fitosanitarios y zoosanitarios expedidos por las autoridades competentes de los países exportadores.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga cualquier otra disposición que le sea contraria.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 13 de julio de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Agricultura,
José Antonio Ocampo Gaviria.
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