Por el cual se destina una partida para el Club Nacional del Turismo

Rango Decreto
Publicación 1939-07-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. De los fondos apropiados en el artículo 477, capítulo 64, del Presupuesto vigente, y destinados en el Decreto número 329 de 1939 para publicaciones e imprevistos de la Sección de Turismo; asignase la cantidad de $ 500 para material y útiles de escritorio y otros servicios del Club Nacional de Turismo, durante el presente año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de julio de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso ARAUJO

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