Por el cual se aprueban algunas modificaciones a los estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones Telecom

Rango Decreto
Publicación 1981-07-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º Apruébase la Resolución número JD 20.5.5.81, emanada dé la Junta Directiva de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones. Telecom, por la cual se modifican parcialmente los estatutos de la empresa y cuyo texto es el siguiente:

RESOLUCION NUMERO JD-0020

(5 de mayo, 1981)'

por la cual se modifican los estatutos de la empresa.

La Junta Directiva de 1a. Empresa Nacional de Telecomunicaciones, en uso de sus facultades legales,

Resuelve

Artículo 1º El artículo 16. Literal f) y j) de .los estatutos de la Empresa. Nacional de Telecomunicaciones, quedará así:

Artículo 16. Son funciones de la Junta Directiva:

Articulo 2º El artículo 25 literal b) de los estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones quedará así:

Artículo 25. Son funciones del Presidente de la Empresa:

Artículo 3º El artículo 27 de los estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones quedará así:

Artículo.27. El Presidente de la Empresa podrá delegar en otros funcionarios -de la misma, las funciones comprendidas en\los literales c). h), i). j) y o) del artículo 25 de los presentes estatutos. De igual manera el Presidente podrá 'delegar en otros funcionarios dé la empresa, la celebración de contratos o negocios cuya cuantía sea igual o inferior a los cinco millones de pesos. ($ 5.000.000).

Artículo 4º El artículo 39 de los estatutos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones quedará así:

Artículo 39. Las personas que prestan sus servicios a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones son empleados públicos. Sin embargo la Empresa podrá vincular-personal mediante contrato de trabajo para desempeñar las siguientes actividades:

Artículo 5º La presente Resolución rige a partir de la fecha de aprobación por el Gobierno Nacional y modifica parcialmente las Resoluciones JD-001/69 y JD-007 de 1976 y totalmente la JD-005 de marzo 13/81.

Comuníquese y cúmplase.

El Presidente de la Junta,

(Fdo.) Antonio Abello Roca.

El Secretario de la Junta, encargado,

(Fdo.) Eduardo Ronderos Tobón.

Hay sellos

Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica parcialmente los Decretos 1184 de 1969 y 2145 de-octubre de 1976.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E. a 29 de mayo de 1981.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Comunicaciones,

Antonio Abello Roca.

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