Por el cual se concede una franquicia postal
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales, y
considerando:
Que el señor Ministro de Agricultura y Comercio ha conferido al agrónomo señor M. T. Dawe comisión para verificar varios estudios en el territorio nacional; y que el desempeño de esa comisión trae consigo la necesidad de despachar correspondencia y enviar encomiendas con las muestras que considere conveniente hacer conocer,
decreta:
Artículo único. Concédese franquicia postal, en cuanto a los correos nacionales se refiere, al agrónomo señor M. T. Dawe, para la correspondencia y encomiendas que el dirija dentro del país. Tales correspondencias y encomiendas deben llevar en todo caso los sellos o timbres que garanticen su procedencia oficial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de agosto de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, miguei ABADIA MENDEZ.
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