Por el cual se dictan unas medidas sobre los muebles y enseres sobrantes de los Censos Nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,y
CONSIDERANDO
que el Contralor General de la República ha informado al Ministerio de Hacienda sobre la existencia de algunas cantidades de muebles y enseres adquiridos por los Censos Nacionales, los cuales ya no se requieren en dichas dependencias,
DECRETA:
Artículo 1°. La Contraloría General de la República entregará por riguroso inventario al Almacén Nacional de Provisiones, todos los muebles y enseres sobrantes de los Censos Nacionales, los cuales quedarán a órdenes del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 2°. Este Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 21 de junio de 1951.
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo.
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