por el cual se adiciona el Decreto 1498 de 9 de mayo de 1986

Rango Decreto
Publicación 1987-07-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los ordinales 3 y 12 del artículo 120 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1º Adicionar al artículo 4º del Decreto 1498 del 9 de mayo de 1986, el siguiente parágrafo:

Parágrafo.Para que puedan efectuarse los traslados de que trata el inciso segundo del artículo 61 del Decreto extraordinario 2277 de 1979, se debe cumplir el siguiente procedimiento:

Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 24 de julio de 1987.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Educación Nacional,

Antonio Yepes Parra.

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