Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 1° de agosto del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público paira efectuar algunos traslados dentro de su presupuesto, según consta en la nota número 6730, procedente de la Secretaría de dicha entidad,
DECRETA:
Artículo 1° Mácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
AQUI PDF DIARIO OFICIAL 24705 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 7 Y 8.
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 6 de agosto de 1941.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Gonzalo RESTREPO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.