Por el cual se reforma el marcado con el número 1054, de fecha 22 de mayo último, referente al ramal de carretera de Pasto a Ipiales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. A petición del señor Gobernador del Departamento de Nariño, refórmase la parte final del Decreto marcado con el número 1054, de 22 de mayo último, "por el cual se determina la invasión de una suma en bonos colombianos, asignada a una vía pública nacional," en el sentido de elevar a cien pesos ($100) el sueldo mensual de cincuenta pesos ($ 50) asignado en ese Decreto al Ingeniero Director de la carretera de Pasto a Barbacoas, por dirección de los trabajos del ramal de Pasto a Ipiales, por Tagua, el Capulí y San Juan, trabajos para los cuales se ha destinado la suma de treinta mil pesos ($ 30.000) en bonos colombianos de deuda pública interna.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de julio de 1920.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Obras Públicas, Esteban JARAMILLO.
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