Por el cual se suprime la Sección 7ª del Ministerio de Gobierno

Rango Decreto
Publicación 1906-11-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales, y

considerando:

1.° Que por las disposiciones vigentes se ha normalizado el servicio de la prensa y ha disminuido en consecuencia el trabajo que tenía la Sección 7.ª del Ministerio de Gobierno, el cual puede encargarse sin mayor perturbación en el servicio á otra de las Secciones del mismo,

decreta:

Artículo único. Desde el 1.° de Enero de 1907 queda suprimida la Sección 7.ª del Ministerio de Gobierno.

Las labores encomendadas á esta Sección por el Decreto número 1024 de 1905 serán desempeñadas por la Sección 4.ª, cuyo Jefe queda autorizado para distribuirlas entre sus subalternos.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Madrid (Departamento de Cundinamarca), á 16 de Noviembre de 1906.

r. REYES

El Subsecretario de Gobierno encargado del Despacho,

luciano HERRERA

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