Por el cual se suprime en Juan Gordo, departamento de Bolivar, la Oficina Postal
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
decreta:
Artículo único. Suprímese por innecesaria la Oficina de Correos establecida en el Corregimiento de Juan Gordo, Departamento de Bolívar.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de agosto de 1917.
JOSE VICIENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
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