Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1941-08-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones, légales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 1°de Agosto en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar algunos traslados entre apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en la nota número 6732, procedente de la- Secretaria ríe dicha: entidad,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

AQUI PDF DIARIO OFICIAL 24735 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 2.

Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 6 de Agosto de 1941

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO,

El Ministro de Obras Públicas,

José GOMEZ PINZON.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.