Por el cual se adiciona y reforma el 1006 del presente año, sobre prisiones

Rango Decreto
Publicación 1924-08-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1° Extiéndese a los intendentes Nacionales y Comisarios Especiales, dentro de su respectiva jurisdicción, la facultad concedida a los Gobernadores por el Decreto número 1006, de 9 de junio del año en curso, para nombrar el personal administrativo de las Cárceles Nacionales.
Artículo 2º Facúltase al Gobernador de Antioquia, para hacer los nombramientos de los Inspectores, Subinspectores y Guardianes de la Sección 4º de Presidio, creada por el Decreto ejecutivo número 1785 de 1923.
Artículo 3º Los Decretos que expidan los Gobernadores, Intendentes y Comisarios, en ejercicio de la delegación concedida por el Decreto 1006 y el presente, no necesitan de la ulterior aprobación de la Dirección General de Prisiones, y únicamente se enviará a esta Oficina copia auténtica de los mismos para los efectos estadísticos.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de agosto de 1924.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.