Por el cual se suprimen unas plazas y se restablecen otras en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1° Suprímense dos plazas de Ayudantes en la Oficina Telegráfica de Mompós, y restablécense en la de El Banco, en donde son absolutamente necesarias, con las mismas asignaciones de las de su clase en esta última oficina.
Artículo 2° Restablécese igualmente la plaza de Subjefe en la Oficina Telegráfica de El Banco, con la asignación mensual de $ 60.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de julio de 1919.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Marcelino ARANGO.
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