Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 (Departamento Administrativo de Seguridad), por $ 2.325.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y.
considerando:
Que por medio del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, se autorizó a.1 Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los Compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;
Que el Departamento Administrativo de Seguridad, dictó la Resolución número 1244 de 1975, por la cual se declaró sobrante la cantidad de $ 2.325.000.00, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones del mismo Presupuesto;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió .el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 24 de 1975, por $ 2.325.000.00 para amparar los traslados presupuéstales de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
decreta:
Artículo 1.° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975.
PRESUPUESTO DE INVERSION
Contracréditos:
Capitulo515.
Departamento Administrativo de Seguridad
Programa 515
Renovación Red de Radiocomunicaciones
| Inversión Directa Recursos Ordinarios | Inversión Directa Recursos Ordinarios | Inversión Directa Recursos Ordinarios |
|---|---|---|
| 482 133. Artículo 5151. Equipo de Radiocomunicaciones | $ | 660.000 |
| Proyecto 1. Renovación Red Comunicaciones | $ | 660.000 |
Programa 516
Construcciones
| Inversión Directa. Recursos Ordinarios | Inversión Directa. Recursos Ordinarios |
|---|---|
| 563 133. Artículo 5152. Construcción edificios y casas | 1 665.000 |
| Proyecto 1. Construcción edificio Cúcuta | 1.665,000 |
| --- | --- |
| Suman los contracréditos: | $ |
CREDITOS
Capitulo 515
Departamento Administrativo de Seguridad
Programa515
Renovación de Red de Radiocomunicaciones
| Inversión Directa Recursos Ordinarios | Inversión Directa Recursos Ordinarios |
|---|---|
| 482 133 Artículo 5151. Equipos de Radio comunicaciones | 660.000 |
| Proyecto 2. Renovación Equipo Transporte | 660.000 |
Programa 516
Construcciones
| Inversión Directa Recursos Ordinarios | Inversión Directa Recursos Ordinarios |
|---|---|
| 563 133. Articulo 5152. Construcción edificios y casas | 1.665.000 |
| Proyecto 5. Construcción edificio Pereira | 1.665.000 |
| --- | --- |
| Suman los créditos | $ |
Artículo 2.° El presente Decreto rige o. partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, Distrito Especial, a 15.de julio de 1975.
alfonso lopez michelsen
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya.
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