Por el cual se restablece una oficina, se suprimen dos empleos y se crea otro en el Ramo postal y telegráfico
El presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1°. Restablécese la Oficina postal y telegráfica de Cácota, Departamento de Santander, que había sido suprimida por Decreto número 1511 de 20 de Diciembre último.
Parágrafo. Como la expresada Oficina ha continuado prestando el servicio sin interrupción, los empleados de ella tienen derecho a percibir su sueldo desde aquella fecha.
Artículo 2° Suprimese en la Oficina telegráfica de Cartago una plaza de Cartero y 1a de Oficial de Recibo, y créase una más de Cartero en 1a de Cali.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 8 de Febrero de1907.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
- D. EUCLIDES DE ANGULO
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