Por el cual se distribuye la partida del Presupuesto destinada al pago del arrendamiento de locales departamentales para oficinas del Poder Judicial
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el artículo 223 del Presupuesto vigente asigna la suma de cuarenta y cinco mil pesos para pagar a los Departamentos el arrendamiento de los locales de su propiedad ocupados por oficinas del Poder Judicial y del Ministerio Público,
DECRETA:
Artículo único. La suma de cuarenta y cinco mil pesos ($ 45,000), apropiada en el artículo 223 del Presupuesto de la vigencia en curso para pagar arrendamiento de los locales departamentales ocupados en el presente año por oficinas judiciales y del Ministerio Público, se distribuye entre los Departamentos que han venido arrendando sus locales a la Nación para dichas oficinas, así:
| Para el Departamento de Antioquia, en el año | $ | 3,000 |
|---|---|---|
| Para el Departamento de Bolívar, en el año | 6,000 | |
| Para el Departamento de Boyacá, en el año | 3,000 | |
| Para el Departamento del Cauca, en el año | 6,000 | |
| Para el Departamento del Huila, en el año | 1,620 | |
| Para el Departamento del Magdalena, en el año | 7,200 | |
| Para el Departamento de Nariño, en el año | 9,000 | |
| Para el Departamento de Santander, en el año | 5,400 | |
| Para el Departamento de Santander del Norte, en el año | 1,800 | |
| Para el Departamento del Tolima, en el año | 600 | |
| Parágrafo. Para atender al arrendamiento de locales departamentales que no quedan incluidos en este artículo, y al aumento de los cánones de arrendamiento en los Departamentos, se reserva la suma de | 1,380 | |
| Suma | $ | 45,000 |
| Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 30 de enero de 1929. MIGUEL ABADIA MENDEZ Por el Ministro de Gobierno, el Secretario, autorizado, Francisco CASTILLA G. | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 30 de enero de 1929. MIGUEL ABADIA MENDEZ Por el Ministro de Gobierno, el Secretario, autorizado, Francisco CASTILLA G. | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 30 de enero de 1929. MIGUEL ABADIA MENDEZ Por el Ministro de Gobierno, el Secretario, autorizado, Francisco CASTILLA G. |
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