por el cual se fijan las escalas de remuneración para los empleos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 1º de la Ley 60 de 1990,
DECRETA:
ARTICULO 1o. A partir del 1º de enero de 1991, las escalas de remuneración de las distintas clases de empleos de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, serán las siguientes:
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