por el cual se adiciona el marcado con el número 1340, del presente año (de agosto), sobre Penitenciarías
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones,
decreta:
Artículo único. En la Reclusión de Mujeres de Medellín habrá, además del personal que señala el artículo 4.º del Decreto número 1340 del presente año, un Vigilante, con sueldo mensual de $ 30.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de agosto de 1915.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.
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