Por el cual se fijan unos sueldos en el Servicio Consular

Rango Decreto
Publicación 1926-08-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere la Ley 72 de 1922, y teniendo en cuenta la importancia que ha adquirido el Consulado General de la República en Liverpool, y que las antiguas asignaciones de los empleados no corresponden al aumento de trabajo que ocasiona el despacho de los negocios adscritos a esa oficina,

Decreta:

Desde la fecha de este Decreto, los sueldos de los empleados del Consulado General de Colombia en Liverpool, serán los siguientes:

Cónsul General $ 500
Primer Contador 350
Segundo Contador 300
Secretario 300
Cajero 250
Liquidador de facturas 250
Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 23 de agosto de 1926. MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Secretario del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho, Antonio GOMEZ RESTREPO. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 23 de agosto de 1926. MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Secretario del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho, Antonio GOMEZ RESTREPO. Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 23 de agosto de 1926. MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Secretario del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho, Antonio GOMEZ RESTREPO.
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