por el cual se deroga en todas sus partes el Decreto número 1210 de fecha 30 de junio de 1998

Rango Decreto
Publicación 1998-07-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los artículos 34 y 76 del Decreto 1950 de 1973, Decreto 1050 de 1997 y el artículo 12 del Decreto 42 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1°. Derógase en todas sus partes el Decreto número 1210 de fecha 30 de junio de 1998.

Artículo 2°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 21 de julio de 1998.

ERNESTO SAMPER PIZANO

Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Juan Carlos Posada.

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