Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Presidencia de la República)

Rango Decreto
Publicación 1957-07-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de Colombia,

obrando de conformidad con las disposiciones de los Decretos legislativos 164 de 1950 y 1599 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

MINISTERIO DE GOBIERNO

CAPITULO 040

Asamblea Nacional Constituyente y Congreso Nacional.

001. Del artículo 0401. Para gastos de representación de los miembros de las Comisiones Permanentes de la Asamblea Nacional Constituyente, cuando las convoque el Gobierno, en el año $ 48.000.00
Suman los contracréditos $ 48.000.00

CAPITULO 041

Ministerio.

CAPITULO 043

Gastos Varios.

Suman los créditos $ 48.000.00

Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de julio de 1957.

Mayor General GABRIEL PARIS,

Presidente de la Junta

Mayor General Deogracias Fonseca.

Contraalmirante Rubén Piedrahita A.

Brigadier General Rafael Navas Pardo.

Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministro de Gobierno,

José María Villarreal.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Antonio Alvarez Restrepo.

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