Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1967 (Departamento Administrativo de Servicios Generales), por $ 2.303.634
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del ordinal b) del artículo 56 de-la Ley 77 de 1966 y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, mediante decreto, los créditos presupuéstales necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo Plan de Inversiones del Gobierno, sin sujeción a las limitaciones impuestas por el Decreto-ley número 1675 de 1964;
Que el Gobierno estima necesario y conveniente incrementar la partida para el pago de arrendamientos de inmuebles en el presupuesto de gastos del Departamento Administrativo de Servicios Generales, por haber resultado insuficiente la apropiación inicial;
Que en el ejercicio fiscal de 1966 se liquidó un superávit sobre el cual el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad parcial número 6, de 1967; por $60.000.000, de la cual se toma la cantidad de $2.303.634, que sumados a los créditos ya abiertos da un total de $50.000.000 Utilizados y un saldo disponible de $10.000.000, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1967, con la cantidad de dos millones, trescientos tres mil seiscientos treinta y cuatro pesos ($2.303.634) moneda legal, que con basé en el Certificado de Disponibilidad número 6 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS
CAPITULO XIV
Recursos del Balance del Tesoro
| Numeral 161. Superávit fiscal de 1966 | 2.303.634 |
|---|---|
| Suma el recurso | $ 2.303.634 |
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS GENERALES
CAPITULO 071
Departamento Administrativo de Servicios Generales.
PROGRAMA 143
Administración y mantenimiento de Inmueble Nacionales.
Gastos generales
| 106-111-209. Artículo 0730. Arrendamientos | $ 2.30.3.634 |
|---|---|
| Suma el crédito | 2.303.634 |
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a julio 21 de 1967.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.
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