Por el cual se establece estafeta postal en Buenavista Abajo (Bolivar)
El Presidente de la Republica de Colombia
en ejercicio de sus atribuciones legales
decreta:
Artículo único. Establece estafeta postal en Buenavista Abajo (Bolívar) en las condiciones de determinar los artículos 3.° y 4.° del decreto ejecutivo número 7, de 3 de enero de año en curso.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá a 12 de septiembre de 1918
MARCO FIDEL SUAREZ - El ministro de Gobierno, Pedro Antonio MOLINA
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