Por la cual se ordena la publicación de los folletos de la Imprenta Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de la facultad que le confiere el Decreto legislativo número 1043 de 1940, y vista la solicitud hecha por la Cámara de Representantes,
DECRETA:
Articulo único. En la Imprenta Nacional y por cuenta del Gobierno se hará la edición de sendos folletos que contengan los proyectos de ley sobre Código de Policía Vial y Terrestre y sobre sindicatos.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 6 de agosto de 1941.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Jorge GARTNER
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Gonzalo RESTREPO
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