Por el cual se aprueba el Acuerdo número 11 de 1983, expedido por el Consejo Directivo del Colegio Mayor de Cundinamarca

Rango Decreto
Publicación 1983-06-01
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales,

DECRETA:

Artículo primero. Aprobar el Acuerdo número 11 de febrero 24 de 1983 expedido por el Consejo Directivo del Colegio Mayor de Cundinamarca cuyo texto es el siguiente:

«ACUERDO NUMERO 11 DE 1983

(febrero 21)

Por el cual se fija la Planta de Personal Administrativo del Colegio Mayor de Cundinamarca.

El Consejo Directivo del Colegio Mayor de Cundinamarca, en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

-Que el Decreto 80 organizó el sistema de educación Post-Secundaria y el secreto 83 determinó el régimen de los Colegios Mayores dándoles el carácter de Unidades Administrativas Especiales;

-Que los Decretes 272 del 29 de enero de 1982 y el 69 del 12 de enero de 1983 ajustaron el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración de empleos;

-Que el Decreto 83 de 1980 en su artículo 4°, literal d) contempla como una de las funciones del Consejo Directivo "proponer al Gobierno Nacional la estructura Administrativa y la Planta de Personal, con arreglo a las disposiciones legales que regulan la materia";

-Que existe disponibilidad presupuestal para cubrir los costos que demande la fijación de la Planta de Personal;

-Que con el fin de dar cumplimiento a sus objetivos institucionales y académicos se hace necesario señalar la Planta de Personal Administrativo del Colegio Mayor de Cundinamarca,

ACUERDA:

Artículo 1° Fijase la Planta de Personal Administrativo para el Colegio Mayor de Cundinamarca, con la denominación código y grado que se relacionan a continuación:

No. de cargos Denominación del empleo Código Grado
I - Rectoría.
1 Rector del Colegio Mayor ………………………………… 0055 06
1 Secretario Ejecutivo……………………………………… .. 5040 17
1 Secretario………………………………………………… 5140 08
1 Ayudante de Oficina……………………………………… . 5155 05
1 Chofer Mecánico………………………………………… .. 6010 08
II- Vicerrectoría Académica.
1 Vicerrector de Colegio Mayor……………………………… 0065 02
1 Secretario Ejecutivo……………………………………… .. 5040 13
1 Ayudante de Oficina……………………………………… . 5155 05
III - Unidad Académica de Bacteriología.
1 Director de Unidad Académica……………………………… 2135 14
1 Secretario Ejecutivo……………………………………… .. 5040 13
1 Secretario………………………………………………… 5140 08
1 Ayudante de Oficina……………………………………… . 5155 05
IV - Unidad Académica de Trabajo Social
1 Director de Unidad Académica………………………. …… . 2135 14
1 Secretario Ejecutivo……………………………………… .. 5040 13
1 Secretario………………………………………………… 5140 08
1 Ayudante de Oficina……………………………………… . 5155 07
V - Unidad Académica de Comercio e Idiomas.
1 Director de Unidad Académica……………………………… 2135 14
1 Secretario Ejecutivo……………………………………… . 5040 13
1 Secretario………………………………………………… 5140 03
1 Ayudante de Oficina ……………………………………… 5155 07
VI-Unidad Académica de Delineantes de Arquitectura e Ingeniería.
1 Director de Unidad Académica………………………. …… . 2135 14
1 Secretario Ejecutivo……………………………………… .. 5040 13
1 Secretario……………………………………………. … .. 5140 08
1 Ayudante de Oficina……………………………………… . 5155 07
VII-Centro de Extensión Vocacional.
1 Profesional Especializado………………………………… .. 3010 09
1 Secretario Ejecutivo……………………………………… . 5040 13
1 Secretario………………………………………………… 5140 08
1 Ayudante de Oficina……………………………………… . 5155 07
VIII - Centro de Admisiones, Registro y Control.
1 Profesional Universitario…………………………………… 3020 04
1 Auxiliar Administrativo…………………………………… ... 5120 11
1 Ayudante de Oficina……………………………………… . 5155 05
IX - Centro de Recursos Educativos.
1 Profesional Universitario…………………………………… 3020 04
1 Técnico en Educación…………………………………… ... 4075 07
1 Secretario………………………………………………… 5140 08
X - Centro de Biblioteca.
1 Profesional Universitario……………………………. …… .. 3020 04
2 Técnico Administrativo…………………………………… .. 4065 09
1 Auxiliar Administrativo…………………………………… ... 5120 09
1 Secretario………………………………………………… 5140 08
2 Ayudante de Oficina……………………………………… . 5155 05
XI-Centro de Investigaciones.
1 Profesional Especializado………………………………… .. 3010 09
1 Profesional Especializado………………………………… . 3010 08
1 Secretario………………………………………………… 5140 08
XII Centro de Orientación y Asesoría.
1 Profesional Especializado………………………………… .. 3610 09
2 Profesional Universitario…………………………………… 3020 06
1 Capellán………………………………………………… .. 3050 08
1 Secretario………………………………………………… 5140 06
1 Ayudante de Oficina……………………………………… . 5155 06
XIII-Centro de Salud.
2 Médico (medio tiempo) …………………………………… . 3085 14
1 Odontólogo (medio tiempo) ……………………………… ... 3085 14
1 Enfermero Auxiliar………………………………………… 6045 07
XIV - Secretaria General.
1 Secretario de Colegio Mayor……………………………… . 2150 12
1 Técnico Administrativo…………………………………… .. 4065 09
1 Secretario Ejecutivo……………………………………… . 5040 13
1 Ayudante de Oficina……………………………………… . 5155 05
XV - División Administrativa.
1 Jefe de División…………………………………………… 2040 90
1 Secretario…………………………………………. …… .. 5140 08
1 Ayudante de Oficina……………………………………… .. 5155 05
XVI - Sección de Personal.
1 Jefe de Sección…………………………………………… 2075 05
1 Profesional Universitario…………………………………… 3020 03
1 Secretario………………………………………………… 5140 08
XVII - Sección Servicios Generales.
1 Jefe de Sección…………………………………………… 2075 02
1 Almacenista……………………………………………… 5080 11
1 Secretario……………………………………………… .. 5140 08
1 Ayudante de Oficina……………………………………… . 5155 05
1 Técnico Operativo………………………………………… 4080 07
5 Celador…………………………………………………… 6020 04
24 Auxiliar Servicios Generales……………………………… . 6035 03
XVIII - Sección de Bienestar Social.
1 Jefe de Sección…………………………………………… 2075 02
1 Profesional Universitario…………………………………… 3020 03
1 Secretario………………………………………………… 5140 08
XIX - Sección Financiera.
1 Jefe de Sección…………………………………………… 2075 02
1 Tesorero………………………………………………… . 5015 18
2 Auxiliar Administrativo…………………………………… .. 5120 09

Artículo 2° Este Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional, deroga las disposiciones que le sean contrarias y en especial el Acuerdo 31 de julio 13 de 1982.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a los veintiún (21) días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y tres (1983).

El Presidente,

José Laureano Díaz R.

La Secretaria,

Bertha Cecilia de Arar`».

Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la echa de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá , D. E., a 16 de mayo de 1983.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda Y Crédito Público,

Edgar Gutiérrez Castro.

El Ministro de Educación Nacional.

Jaime Arias Ramírez.

La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Ericina Mendoza Saladén.

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