Por el cual se le designa una comisión al Director de Obras Públicas Nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que se hace necesaria la cooperación de un Ingeniero en el Puerto de La Dorada para dirigir los trabajos de ensanche y mejoramiento del puerto y la construcción de las bodegas que es menester levantar allí,
decreta:
Artículo 1.º Comisiónase al Director de Obras Públicas Nacionales para que se traslade a La Dorada y dirija allí los trabajos que sean necesarios para el ensanche del puerto y atracadero de los buques, haga, el señalamiento del terreno donde las Compañías de transportes deben construir bodegas para el depósito de la carga y para que dirija asimismo los trabajos que deben ejecutar las dregas en la limpia del mencionado puerto y en el trayecto del río comprendido entre éste y el de Caracolí; todo de acuerdo con el Comisario Inspector de la Navegación.
Artículo 2.° Señálase como viáticos de tal empleado, mientras dura esta comisión, la suma de ciento cincuenta pesos ($ 150), pagaderos de los fondos de la Canalización del río Magdalena, con imputación al capítulo 65, artículo 721, parágrafo 1.º del Presupuesto Nacional vigente.
Artículo 3.º Mientras dura esta comisión, encárgase de la Dirección de Obras Públicas Nacionales al Ingeniero Jefe de la Sección 7.º-Navegación-del mismo Ministerio.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de julio de 1920.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Obres Públicas, Esteban JARAMILLO.
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