Por el cual se adiciona el Decreto número 197 de 1938

Rango Decreto
Publicación 1940-07-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el ordinal f) del artículo 1.° de la Ley 54 de 1939,

DECRETA:

Artículo 1.° A partir de la fecha del presente Decreto, la Dirección General de Bienes y Comercio del Ministerio de Obras Públicas, tendrá a su cargo, además de los asuntos de que trata el artículo 3° del Decreto 197 de 1938, la adquisición directa, dentro y fuera del país, de los elementos que necesite el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, para las obras de acueductos y alcantarillados que adelante, ya sea por el Fondo de Fomento Municipal o en virtud de leyes especiales.
Artículo 2° Cuando el Gobierno lo considere conveniente podrá suministrar el aporte de la Nación para las obras de acueductos y alcantarillados, en materiales y demás elementos necesarios para su ejecución, los que se computarán al precio de costo

Parágrafo. Si el monto del valor de los materiales y elementos suministrados no alcanzare a cubrir el aporte nacional, el saldo será girado a favor de la obra respectiva.

Artículo 3° Los elementos que el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, suministre a las obras de Fomento Municipal, serán pagados con los fondos destinados al aporte nacional de dichas obras.
Artículo 4° La Junta de Licitaciones, de que trata el artículo 5° del Decreto 197 de 1938, tendrá por lo menos una reunión semanal, y estará integrada, además de los miembros que la componen, por el Ingeniero Jefe del Departamento de Ingeniería Sanitaria del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, o el Ingeniero Jefe del mismo, en su reemplazo.
Artículo 5° Queda en estos términos modificado el Decreto 197 de 1938.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 18 de julio de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

CarlosLLERAS RESTREPO

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,

José JoaquínCAICEDO CASTILLA

El Ministro de Obras Públicas,

FranciscoRODRIGUEZ MOYA

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