por el cual se suprime un Programa Presidencial en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

Rango Decreto
Publicación 2008-04-30
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º. Suprímese en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el Programa Presidencial contra la Extorsión y el Secuestro creado mediante Decreto 519 de 2003.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el artículo 8º del Decreto 519 de 2003 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de abril de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Bernardo Moreno Villegas.

El Director Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Antonio Grillo Rubiano.

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