Por el cual se organizan unas oficinas del ramo Fluvial

Rango Decreto
Publicación 1919-01-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta :

Artículo 1° Desde el 1° de marzo próximo la Intendencia de la navegación de los ríos Sinú y Atrato concederá únicamente de lo relativo a tales vías, de cuyas rentas se tomará, por partes iguales, el valor de las asignaciones del personal de la oficina, que será el siguiente :
Un Intendente Recaudador, con un sueldo mensual de $ 100
Un Liquidador Tenedor de Libros, con un sueldo mensual de 70
Un Inspector Técnico, con un sueldo mensual de 70
Un Portero Escribiente, con un sueldo mensual de 30
Artículo 2° Para conocer de lo relativo al río Magdalena en Cartagena, créase en aquella ciudad una Inspección Fluvial que dependerá, como las demás del citado río, de la Intendencia y Tesorería de la Canalización del mismo, residentes en Barranquilla, y que constará del siguiente personal, pagadero con el producto de los impuestos de esa vía:
Un Inspector Fluvial, con un sueldo mensual de $ 70
Un Liquidador Escribiente, con un sueldo mensual de 50
Artículo 3° El Intendente de Cartagena continuará rindiendo sus cuentas por conducto del Ministerio de Obras Públicas a la Corte del Ramo, y el Inspector Fluvial en la misma ciudad rendirá las suyas a la Tesorería de la Canalización del río Magdalena, en Barranquilla, como lo hacen todas las oficinas de esta última subalternas.
Artículo 4° Refúndense en un solo empleo, que se llamará de Ayudante, los dos puestos de Guardas de la Inspección Fluvial de Honda, con la asignación de $ 38 mensuales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de enero de 1919.

Por delegación del señor Presidente de la República, el Ministro de Gobierno, marcelino ARANGOnoneEl Ministro de Obras Públicas, Rafael DEL CORRAL.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.