Por el cual se distribuyen unas partidas

Rango Decreto
Publicación 1938-03-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° La partida votada en el artículo 268, capítulo 46, de la Ley de Apropiaciones vigente, para sueldos de la Escuela Normal de Varones, de Bogotá, se distribuye así:

Escuela Normal de Varones, de Bogotá.

Mensual. En el año.
Del Rector, en doce meses $ 250.00 3,000.00
Del Vicerrector, en doce meses 160.00. 1,920.00
Del Secretario Tesorero, en doce meses 150.00 1,800.00
De siete Profesores internos, a $ 140 mensuales cada uno, en once meses 980.00 10,780.00
De cinco Profesores internos, a $ 130 mensuales, en el mes de enero 650.00 650.00
Del Bibliotecario, en doce meses 40.00 480.00
Del profesorado externo, a $ 2 la hora, en el mes de enero 850.00 850.00
Del profesorado externo, a $ 2 la hora, a razón de 323 horas mensuales, en once meses 646.00 7,146.00
Del Médico Profesor de la Normal y de la Anexa, en doce meses 70.00 840.00
Del Dentista de la Normal y de la Anexa, en doce meses 60.00 720.00
De la Enfermera, en doce meses 30.00 360.00
Del Capellán Profesor, en doce meses 60.00 720.00
De la Ecónoma, en doce meses 50.00 600.00
Del Carpintero Profesor, en doce meses 50.00 600.00
Del Portero, en doce meses 30.00 360.00
Del Director de la Anexa, en doce meses 150.00 1,800.00
De seis Directores de grupo de la Anexa, en enero, a $ 100 cada uno 600.00 600.00
De cinco Directores de grupo de la Anexa, a $ 90 cada uno, en once meses 450.0 4,950.00
De tres Instructores de la Sección Complementaria, a $ 20 mensuales cada uno, en doce meses 60.00 720.00
De la Portera de la Anexa, en doce meses. 10.00 120.00
De los empleados del servicio, según distribución que haga el Rector, en doce meses 228.00 2,736.00
Total $ 41,712.00
Artículo 2° Los fondos comprendidos en el artículo 269, capítulo 46, de la Ley de Apropiaciones vigente, para becas y pensiones alimenticias en la Escuela Normal de Varones, de Bogotá, se distribuyen así: Ciento tres becas, a $ 15 mensuales cada una, en diez meses $ 1,545.00 15,450.00
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Quince pensiones alimenticias para empleados internos, a $ 15 mensuales cada una, en doce meses 225.00 1,700.00
Para alimentación del personal del servicio; en doce meses 196.00 2,352.00
Total $ 20,502.00
Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 28 de enero de 1938. ALFONSO LOPEZ El Ministro de Educación Nacional, José Joaquín. CASTRO Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 28 de enero de 1938. ALFONSO LOPEZ El Ministro de Educación Nacional, José Joaquín. CASTRO Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 28 de enero de 1938. ALFONSO LOPEZ El Ministro de Educación Nacional, José Joaquín. CASTRO Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 28 de enero de 1938. ALFONSO LOPEZ El Ministro de Educación Nacional, José Joaquín. CASTRO
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